Radicación de los nuevos tipos de garantías por el Servicio Informático Electrónico de Garantías

A partir del martes 24 de agosto de 2021

La DIAN informa a los usuarios aduaneros, que a partir del 24 de agosto de 2021 deberán radicar de manera obligatoria, los nuevos tipos de garantía Fianza, Certificado de depósito a término, Fiducia mercantil en garantía, Prenda sin tenencia e Hipotecaria; a través del Servicio Informático Electrónico de Garantías, conforme a lo establecido en el Decreto 572 de 2021 y la Resolución 55 de 2021.

Es importante tener en cuenta que el documento que constituye garantía para la Fianza, el Certificado de depósito a término, la Fiducia mercantil en garantía, la Prenda sin tenencia y la Hipotecaria debe ser radicado de forma física, previa a la radicación por el Servicio Informático Electrónico de Garantías, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 31 de la Resolución 46 de 2019, según sea el caso.

Para su consulta se encuentran disponibles los manuales de usuario del sistema en el numeral 17. SIE Garantías de la “Guía de Servicios en Línea”, publicados en la página web de la entidad, a través del siguiente link: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/autoasistencia.aspx

Observación especial para Hipoteca, Fiducia mercantil en garantía y Prenda sin tenencia

Finalmente, la DIAN recuerda a todos los usuarios aduaneros, tener en cuenta que, previo a la suscripción de la garantía, para los casos de Hipoteca, Fiducia mercantil en garantía y Prenda sin tenencia; se debe enviar la documentación requerida para verificación de las minutas, de los bienes y de los anexos, a los buzones habilitados para tal fin, conforme a lo señalado en los artículos 14-1 a 14-3 de la Resolución 46 de 2019. 

Fuente: https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Radicacion-de-los-nuevos-tipos-de-garantias.aspx

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