- La apertura de investigación y formulación de cargos se da luego de recibir denuncias en contra del operador portuario por presuntamente causar demoras injustificadas en la provisión e instalación de los dispositivos electrónicos de trazabilidad.
- Los dispositivos electrónicos de trazabilidad se colocan en los contenedores o en los vehículos para asegurar la integridad de la carga. Los transportadores que requerían sus servicios al interior de la instalación portuaria en Buenaventura habrían tenido que someterse a extensos tiempos de espera para que la empresa investigada instalara los equipos, a pesar de que usualmente este proceso toma dos minutos.
- Fiel a su compromiso y misión, la Superintendencia de Transporte vela porque la prestación de los servicios en los puertos cumpla con las condiciones exigidas en la regulación vigente.
(@Supertransporte). La Superintendencia de Transporte abrió investigación y formuló pliego de cargos en contra del operador portuario Sociedad Protekto Ltda., por el presunto incumplimiento en la prestación eficiente, continua y permanente del servicio público portuario en las instalaciones de la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. La empresa se encarga de instalar dispositivos electrónicos de trazabilidad en los contenedores o en los vehículos para asegurar la integridad de la carga, entre otras funciones, en Buenaventura.
Durante la averiguación preliminar, la Superintendencia constató que entre el 8 y el 14 de junio de 2021, los transportadores que requerían los servicios de Protekto al interior de la instalación portuaria en Buenaventura habrían tenido que someterse a extensos tiempos de espera, hasta de cerca de 7 horas, para que la investigada procediera a realizar la instalación de los dispositivos mencionados, a pesar de que el tiempo de instalación usualmente es de 2 minutos.
El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, manifestó que “vamos a realizar una campaña de verificación para que las sociedades portuarias y los operadores portuarios sean eficientes y no afecten a los demás actores, como dueños de la carga, transportadores o cualquier otro sujeto de la cadena logística”.
Así las cosas, el comportamiento desplegado por la sociedad investigada habría afectado la debida, permanente y eficiente prestación del servicio público portuario, a través del presunto incumplimiento de algunas reglas previstas en el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A., relacionadas con la permanente provisión de los servicios, así como la continuidad y regularidad en la prestación, de acuerdo con su demanda.
Posibles sanciones
En caso de ser encontrada responsable de infringir las normas del Régimen Portuario, la sociedad Protekto Ltda. podría enfrentar multas hasta por el equivalente de 35 días de ingresos brutos, calculados con base en sus ingresos del mes anterior a aquel en el cual se impone la multa. Además, la Superintendencia de Transporte su vez, podrá ordenar la suspensión temporal del derecho a realizar actividades en los puertos por parte del infractor.
Recursos
Contra el acto administrativo de apertura de investigación no procede ningún recurso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1437 del 2011. La Superintendencia de Transporte garantizará el debido proceso y el derecho de defensa.
Los terceros interesados podrán acreditar su calidad en los términos previstos por el artículo 38 de la ley 1437 de 2011. ________________
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
Oficina de Comunicaciones y Prensa