Teniendo en cuenta la situación de orden público presentada en el país, la Dirección General de la DIAN expidió la Resolución 48 del 01-06-2021, que modifica los artículos 1 y 2 de la Resolución 43 del 18-05-2021 en el sentido de suspender hasta el próximo 30 de junio de 2021, inclusive:
1. Los términos de entrega al depósito o a la zona franca.
2. Los términos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero.
3. Los términos para la realización y ejecución del tránsito aduanero internacional.
En la modalidad de cabotaje aéreo, solamente se entienden suspendidos los términos respecto de operaciones que correspondan a la jurisdicción de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.
4. El término de permanencia de las mercancías que hayan salido de la zona franca para procesamiento parcial, previsto en el parágrafo 1 del artículo 489 del Decreto 1165 de 2019.
5. El término de permanencia de los bienes para la reparación, revisión o mantenimiento de bienes de capital, equipos, herramientas, partes o sus repuestos, fuera de la zona franca, contemplado en el artículo 490 del Decreto 1165 de 2019.
Fuente: Siacomex, Resolución 48 del 01-06-2021 DIAN