CMA CGM aplicará recargos a tarifas con relación al Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE

El monto del recargo se compartirá a mediados de noviembre y podrá revisarse trimestralmente

Desde CMA CGM coinciden en que la fijación del precio del carbono es un paso clave para reducir la huella de carbono del transporte marítimo, así como de toda la cadena de suministro, y en última instancia, apoya a todos los clientes en su propio viaje hacia la descarbonización.

En relación con esto y para ofrecer mejor valor y una mayor transparencia de costos, CMA CGM ha decidido alertar que los costos adicionales del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (RCDE UE) inducirán un recargo aplicable a todos los contenedores embarcados en los servicios de la línea naviera afectados por la regulación. El monto del recargo se compartirá a mediados de noviembre y podrá revisarse trimestralmente, dependiendo de la versión actualizada del reglamento RCDE UE y el valor de mercado de los derechos de carbono.

A modo de ejemplo, CMA CGM proporcionó una estimación del recargo (en euros por TEU) basado en el valor de mercado actual de las asignaciones de carbono (~90 EUR por tonelada de CO2), para algunas de las principales rutas afectadas.

  • Asia – Norte de Europa: €25 (dry); €40 (reefer)
  • Asia – Mediterráneo: €20 (dry); €30 (reefer) 
  • Europa – Norteamérica: €43 (dry); €65 (reefer)   
  • Europe – Costa Oeste de Sudamérica: €43 (dry); €60 (reefer) 
  • Norte de Europa – Mediterraneo: €25 (dry); €35 (reefer)
  • Intra Mediterráneo: €25 (dry); €40 (reefer)
  • Intra Norte de Europa: €37 (dry); €48 (reefer) 

¿Qué es la RCDE UE?

Creado en 2005, el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (RCDE UE) es el sistema de comercio de emisiones más grande del mundo, basado en un esquema de “límites y comercio”:

  • Establece un límite máximo para la cantidad total de GEI que pueden emitir las empresas dentro del área de la UE en un año determinado.
  • Las empresas sujetas al RCDE UE tienen que comprar derechos (cuotas) en función de la cantidad de gases de efecto invernadero que emiten (1 tonelada de CO2 = 1 derecho RCDE)
  • El número de derechos de emisión disponibles en toda la UE disminuye cada año, lo que hace que la cantidad total de GEI emitidos se reduzca hacia los objetivos de 2030 y 2050.

¿Cómo y cuándo se aplicará al transporte marítimo?

El RCDE UE, que inicialmente se aplica únicamente a los sectores que consumen mucha energía, se ampliará al transporte marítimo a partir del 1 de enero de 2024, como incentivo para reducir el impacto ambiental del sector y acelerar el uso de combustibles bajos en carbono.

El RCDE UE se aplicará a todos los servicios marítimos con al menos una recalada dentro de la UE: se considerará el 100% de las emisiones para los tramos entre dos puertos de la UE, solo el 50% de las emisiones para los tramos entre puertos de la UE y puertos fuera de la UE. 

A partir del 1 de enero de 2024, las líneas navieras deberán informar sus emisiones y comprar una cantidad equivalente de derechos de emisión en el mercado RCDE UE, según un calendario progresivo:

  • En 2024, el 40% de las emisiones declaradas deberán convertirse en derechos de emisión.
  • En 2025, el 70% de las emisiones declaradas deberán convertirse en derechos de emisión.
  • A partir de 2026, el 100% de las emisiones declaradas deberán convertirse en derechos de emisión.

Algunos aspectos de la legislación RCDE UE aún están por finalizar, como la lista de puertos considerados como puertos de transbordo que se publicará a fines de 2023 y podrá revisarse cada dos años.

Fuente: https://www.mundomaritimo.cl/noticias/cma-cgm-aplicara-recargos-a-tarifas-en-relacion-al-regimen-de-comercio-de-derechos-de-emision-de-la-ue